La DGII ofrece hasta 70 % de descuento en recargos por deudas atrasadas, con facilidades de pago diferenciadas según el período fiscal y requisitos específicos.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió la circular No. 03, de fecha 16 de febrero de 2026, mediante la cual establece un nuevo esquema de facilidades para el pago de deudas tributarias pendientes. La medida busca incentivar la regularización de obligaciones fiscales y fortalecer la eficiencia recaudatoria del Estado, ofreciendo descuentos significativos en los recargos generados por atrasos.
Para las obligaciones correspondientes a períodos fiscales anteriores a 2020, inclusive, la DGII dispone un descuento del 70 % en los recargos si el contribuyente realiza un pago único, o del 50 % si opta por un acuerdo de pago de hasta seis cuotas mensuales iguales, con un abono inicial mínimo del 30 %. En el caso de deudas de los años 2021, 2022 y 2023, los descuentos serán de 50 % para pago único y 40 % mediante acuerdo, manteniéndose las mismas condiciones de fraccionamiento y pago inicial.
La circular establece que los intereses indemnizatorios deberán pagarse en su totalidad y que el beneficio aplica a cualquier tipo de impuesto y a procesos en curso, incluyendo declaraciones voluntarias y rectificativas. No podrán acogerse quienes estén bajo investigación por fraude tributario y, en caso de incumplimiento de una cuota, se perderá el beneficio y se reactivará el cobro compulsivo. La disposición entra en vigor el 13 de febrero de 2026 y deja sin efecto normativas anteriores.











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