El porte ilegal de armas conlleva hasta 5 años de prisión en República Dominicana, mientras el tráfico ilícito puede alcanzar condenas de hasta 20 años.
En República Dominicana, el porte ilegal de armas conlleva hasta 5 años de prisión, según lo establece la Ley 631-16 sobre control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados. Esta normativa también contempla multas de hasta 50 salarios mínimos y el decomiso de los instrumentos utilizados, con el objetivo de prevenir delitos y reforzar la seguridad ciudadana.
De acuerdo con la legislación, la tenencia o portación de armas de fuego sin la debida licencia constituye un delito sancionado con penas de tres a cinco años de cárcel. “Cualquier persona que sea poseedora o tenedora de un arma de fuego de uso civil… sin tener la respectiva licencia, comete el delito de posesión ilegal de armas de fuego…”, establece el artículo 66. Asimismo, estas sanciones se agravan cuando las armas ilegales son utilizadas para cometer delitos como robos, homicidios o secuestros, pudiendo alcanzar condenas de hasta 40 años de prisión.
En cuanto al tráfico ilícito de armas, la ley dispone castigos más severos, con penas que oscilan entre 10 y 20 años de prisión, además del decomiso de bienes. Este delito incluye acciones como importar, exportar, vender o transportar armas de manera ilegal. “Toda persona que importe, exporte… incurrirá en delito de tráfico ilícito de armas…”, señala el artículo 68, reafirmando el carácter estricto de la normativa frente a estas prácticas.










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