Conductores de carga mayores de 65 renuevan cada año su licencia, según el reglamento vigente, una medida que sigue generando críticas y debate.
Los conductores de carga mayores de 65 renuevan cada año su licencia de conducir, de acuerdo con lo establecido en el reglamento vigente en la República Dominicana para las categorías 03 y 04, correspondientes a vehículos pesados de carga o al transporte profesional de pasajeros. La disposición está contenida en el decreto 6-19, firmado en enero de 2019, que regula la vigencia de las licencias según la edad y el tipo de vehículo.
La normativa establece que las licencias de las categorías 01, 02 y 05 tienen una vigencia de cuatro años hasta que el titular cumpla 65 años, y luego pasan a renovarse cada dos años. En cambio, para las categorías 03 y 04 la vigencia es de tres años hasta los 65 años de edad, pero después de esa edad debe renovarse anualmente. El reglamento también contempla que ese período pueda reducirse si se determina que la persona padece alguna condición de salud que pudiera agravarse.
Aunque en 2024 se anunció que esta medida sería eliminada, la disposición sigue aplicándose y continúa provocando reacciones divididas. Uno de los pronunciamientos más recientes fue el del juez José Alejandro Vargas, quien sostuvo que la regla contradice el artículo 39 de la Constitución dominicana. “Me frustró saber que en nuestro Estado Social y Democrático de Derecho no todos somos iguales ante la ley, como lo señala el artículo 39 de la Constitución, que, entre otras razones, prohíbe la discriminación por motivo de edad. O, como de forma reiterada ha sostenido el Tribunal Constitucional, el Estado no solo debe abstenerse de discriminar por edad, sino que tiene un deber positivo de protección reforzada hacia las personas mayores”, expresó. Pese a que el presidente Luis Abinader dijo en octubre de 2024 que había que corregir esa disposición, hasta ahora la misma permanece vigente.










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